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Sunday, February 5, 2012

Código Cuenta Cliente y Referencia en recibos domiciliados

Escrito por Fran-Sevilla el 9 Enero 2011

Fincas-Pro - Programa para la gestión de Comunidades de PropietariosHace unos días observo que un propietario que nunca ha devuelto un recibo de comunidad empieza a devolverlos. Hablo con él y me dice que todo está correcto, tiene saldo en la cuenta y el número ccc de la misma sigue siendo el mismo de siempre.

Intentando buscar alguna explicación le pido que me facilite su número de cuenta y cual es mi sorpresa al comprobar que solamente coinciden la entidad y el resto de números del código cuenta cliente son distintos. Cuando le digo el número de cuenta a donde le estábamos enviando los recibos y hasta ahora no había habido ningún problema de pago, me indica que ese era un número de cuenta antiguo de hace más de cinco años que cancelaron aquella cuenta y abrieron una nueva en otra oficina del mismo banco.

¿Pero cómo es posible que hayamos estado mandando los recibos a una cuenta que estaba cancelada hace 5 años y el propietario ha estado pagando sin problemas los recibos por su cuenta nueva.? ¿Porque no hemos descubierto esto hasta ahora, después de cinco años que el propietario ha cambiado la cuenta de oficina? La respuesta es debido al uso que los bancos hacen del código REFERENCIA en los recibos domiciliados.

Fincas-Pro - Ficha de un propietario

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Muchos bancos y poca competencia entre ellos

Escrito por Fran-Sevilla el 28 Marzo 2009

Software y programa para administración de comunidades de propietariosEstoy cansado de cambiar de banco, buscando aquella entidad que cobre menos a las Comunidades de Propietarios, por los servicios que prestan. Hay muchos donde elegir y poca diferencia entre unos y otros. Pero al final lo poco que puedan cobrarte por la gestión de recibos CSB19, la emisión de transferencias, comisiones de mantenimiento, gastos por devolución de recibos, etc. los pierdes luego cuando llevas unos años con ellos, ya estás acostumbrado a su forma de trabajar y deciden los bancos no renovar el Convenio de Colaboración con el Colegio de Administradores de Fincas correspondiente o las condiciones ventajosas que en su día, de forma independiente, pudimos negociar.

Debería ocurrir lo mismo que con los arrendamientos de vivienda, según la ley de 1994 que establece una duración mínima para los arrendamientos de 5 años. Y además una cláusula que suponga un aviso de 3 meses antes del vencimiento para anunciar la no renovación del mismo.

Y es que cuando se acaban las ventajas pactadas en el convenio, pasan de golpe a cobrar 5 o 6 veces más de lo que anteriormente hacían. Me ocurrió con el Banco Popular que vaya tela el abuso de cobrar por los descubiertos doblemente o triplemente, por un lado los intereses por descubierto, por otro una sanción mensual por el mayor saldo deudor, que por lo menos en mi caso muchas veces supera los intereses por descubierto y finalmente 30 Euros por la supuesta comunicación de dicho retraso.

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